Coordinador de Seguridad y Salud

¿Qué es un Coordinador de Seguridad Y Salud?

Coordinador Seguridad y SaludEl Coordinador de Seguridad y salud es una de las figuras más importantes en prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción.

El coordinador de seguridad y salud es un técnico cualificado integrado en la dirección facultativa y es designado por el promotor. Debe llevar a cabo la coordinación y aplicación de los principios generales en materia de prevención, seguridad y salud.

La designación de la figura de coordinador es una exigencia que el promotor no puede delegar ni puede transmitir, ni tan siquiera por contrato, al contratista o a terceros.

El coordinador de seguridad y salud en fase de elaboración del proyecto

El artículo 3.1. del RD 1627/1997 dispone que «en las obras incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto, cuando en la elaboración del proyecto de obra intervengan varios proyectistas, el promotor designará un coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra».

El coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de obra

En el artículo 3.2. del RD 1627/1997 queda establecido que cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos, o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

La designación del coordinador en fase de proyecto y el coordinador en fase de ejecución de la obra puede recaer en la misma persona.

La designación de los Coordinadores de Seguridad y Salud no eximirá al promotor de sus responsabilidades.

El perfil del coordinador de seguridad y salud

El coordinador será preciso que se designe cuando en la obra intervengan más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.

El coordinador de seguridad y salud (CSS) es designado por el promotor. Es el técnico competente integrado en la dirección facultativa que lleva a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997 sobre «obligaciones del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra».

Funciones específicas del coordinador de seguridad y salud

  • Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.
  • Organizar la coordinación de actividades que prevé el artículo 24 LPRL
  • Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad (artículo 15 LPRL).
  • Al tomar las decisiones técnicas de organización para planificar las distintas fases de los trabajos.
  • Al estimar la duración requerida para la ejecución de las distintas fases.
  • Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y el resto de entidades apliquen de manera coherente los principios del artículo 15 LPRL, durante la ejecución de las siguientes actividades señaladas en el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997:
  • El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.
  • La manipulación de los distintos materiales y la utilización de medios auxiliares.
  • La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de vías de desplazamiento y circulación.
  • El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.
  • La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular de materias y sustancias peligrosas.
  • La recogida de los materiales peligrosos utilizados.
  • El almacenamiento, eliminación o evacuación de los distintos residuos y escombros.
  • La adaptación en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá que dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.
  • La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.
  • Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.
  • Elaboración de informes periódicos, realización de estadísticas, asesoramiento a la dirección y a la jefatura de obra
  • Custodiar el libro de Incidencias y mandar copia a la inspección de trabajo, a las empresas contratistas afectadas y a los representantes de los trabajadores, siempre en caso de riesgo grave o inminente para el o los trabajadores.
  • Asesoramiento en la tramitación de documentación previa y continuada durante la obra, relativa a los organismos públicos y privados, relacionados con la Seguridad y Salud (aperturas de centro de trabajo, aprobación P.S.S,…).
  • Paralizar los trabajos cuando se encuentre en la obra ante circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores.

¿Dónde podemos contratar un Coordinador de Seguridad y Salud?

Por lo que podemos ver son bastante importantes las obligaciones del CSS de las cuales derivan sus propias funciones y responsabilidades. En GZMprevención ofrecemos el servicio de COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD. Contamos con Técnicos altamente cualificados y con una gran experiencia en el sector.

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